Lo que hay que saber sobre la votación para el cargo de concejales en la ciudad de Santa Fe
Se ponen en juego ocho bancas del Legislativo capitalino. En el cuarto oscuro, el elector se encontrará con la boleta única de color amarillo con 30 listas oficializadas.
Podrán votar los mayores de 16 años que estén en el padrón, con el DNI. Crédito: Archivo Pablo Aguirre
El próximo domingo 13 de abril, de 6 a 18 horas, se realizarán las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en estas Elecciones 2025 de la provincia de Santa Fe. Y en esta capital, los santafesinos deberán votar para el cargo de concejales, además de elegir convencionales provinciales y departamentales para la reforma constitucional.
Las primarias serán una suerte de "gran encuesta política”, que permitirá analizar el porcentajes de participación comicial de los electores, y qué fuerzas pasarán a la elección general del domingo 29 de junio, si es que perforan el umbral de votos que establece la Ley Electoral Provincial (ver más abajo), entre otros aspectos.
Enorme y amarilla. Así será la boleta para el cargo de concejales. Crédito: Archivo Mauricio Garín
Con respecto al cargo de concejales de la ciudad de Santa Fe, son ocho las bancas las que se ponen en juego, de un total de 17 representantes legislativos de la ciudad. Cada elector, en el cuarto oscuro, se encontrará con una enorme boleta única de color amarillo, donde figuran las 30 listas de precandidatos oficializadas para el Concejo.
Paso a paso
En primer lugar, es importante que cada elector corrobore si está empadronado y, de ser así, su lugar y mesa de votación. Para ello, debe ingresar a este link y marcar lo requerido: número de DNI, género, padrón (nacional o extranjero) más el número clave que figura en el campo.
Segundo, el día de las PASO, cada elector recibirá la boleta única para el cargo de concejal -más otras dos para el cargo de reformadores constituyentes provinciales y departamentales, anaranjada y azul- de manos de las autoridades de mesa. Hay que llevar y presentar el DNI; de lo contrario, no se podrá votar.
Ya en el cuarto oscuro, el elector capitalino deberá hacer en la boleta única una sola marca, para elegir a la alianza/partido que se desee votar (cargo de concejales). Cabe aquí insistir en que hay que realizar una sola marca en un casillero de las listas que figurarán. Si el deseo del elector en votar en blanco, no debe realizar ninguna marca.
Podrán emitir su voto todos los mayores de 16 años que estén en el padrón electoral, siempre presentando el último ejemplar del DNI.
30 listas
Para el cargo de concejales, como se dijo, hay 30 listas oficializadas. Como informó oportunamente El Litoral, hay una lista única de “Unidos para Cambiar Santa Fe”; siete listas medirán fuerzas en estas internas de la alianza “Más para Santa Fe” (PJ y aliados); cuatro para la alianza “Somos Vida y Libertad”, y una de “La Libertad Avanza”.
Habrá una sola lista para la alianza “Activemos”, al igual que para “Propuesta Federal”, el “Frente de la Esperanza” y del “Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad”. “Algo Nuevo para Santa Fe”, “Consolidar Santa Fe”, “Confluencia Santafesina” y “Lealtad y Dignidad”, también son espacios que van con lista única.
El modelo de boleta única presentada por el Tribunal Electoral Provincial. Crédito: Flavio Raina
La Alianza/Partido “Santa Fe el Común” va a internas con dos listas; “Compromiso” con tres; el “Partido Moderado” se medirá con dos listas, al igual que la alianza “Política Abierta para la Integridad Social”.
Votos para la general
En la ciudad de Santa Fe, la cantidad de electores para estas elecciones es de 325.257 nacionales y 1.249 extranjeros, le confirmó a El Litoral Pablo Ayala, Secretario Electoral Provincial. Los votantes extranjeros se contemplan sólo en las categorías locales, en este caso, el Concejo. El total, 326.506 electores.
Para la categoría de concejales, un partido /alianza debe obtener, con el objetivo de perforar el umbral electoral y llegar a las generales del 29 de junio, el 1,5% del total de votos del padrón electoral distrital, es decir, de la ciudad.
Así lo establece el Art. 15 de la Ley Nº 13.461 de 2014 (Capítulo III, Los Umbrales Electorales), que modificó el Art. 9 de una ley anterior, la Nº 12.367.
La clave: que cada elector chequee su nombre en el padrón. Crédito: Archivo Pablo Aguirre
"No participarán de las elecciones generales los partidos, confederaciones de partidos y alianzas electorales que no logren un mínimo del uno y medio por ciento (1,5%) del Padrón Electoral del Distrito, sea este provincial, departamental o municipal", dice el articulado.
Con todo, cada partido/alianza -sumando los sufragios de sus listas- deberá obtener en las PASO del próximo domingo 13 de abril 4.898 votos válidos para perforar ese umbral establecido por la normativa electoral vigente y participar de la elección general.
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