El 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio y en esa jornada quienes trabajan en este rubro podrán gozar de un feriado o día de descanso. Además, en el caso de que les toque trabajar, podrán cobrar el doble, como si fuese un día feriado.
A pesar de que los empleados tendrán la chance de no trabajar durante este día, los comerciantes o dueños de los locales pueden abrir sus negocios. Por lo tanto, empleadores y empleados deberán acordar previamente.
Los empleadores pueden indicar a sus empleados que trabajen ese día y pagar el doble, o bien pueden darles la jornada de descanso.
Según las diferentes cámaras, los empleados no podrán tomarse un día compensatorio, pero sí podrán tomarse el mismo día como jornada no laborable.
El día del Empleado de Comercio se celebra para conmemorar la fecha en que se sancionó la Ley N°11.729, la cual legisla las relaciones de trabajo. La ley fue sancionada durante la presidencia de Agustín Pedro Justo en 1934.
Según aclaró la Federación Argentina de Empleados de Comercio (Faecys), los trabajadores tienen el derecho a no trabajar ese día. Sin embargo, si lo hacen, deberán cobrar como un feriado.
Tal como indica la Ley 26.54 y la ratificación de la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo 759/2021, los empleados podrán tener un día de descanso en su día.