El Gobierno nacional ofrece diferentes planes con incentivos económicos que apuntan a personas que hayan perdido o que estén buscando trabajo.
Se trata de dos alternativas para personas que busquen trabajo o lo hayan perdido recientemente.
El Gobierno nacional ofrece diferentes planes con incentivos económicos que apuntan a personas que hayan perdido o que estén buscando trabajo.
Por un lado, la prestación por desempleo, para personas que perdieron recientemente su empleo y estaban comprendidos dentro de la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013. Por otro lado, dentro de la política de Empleo Joven, el Programa Más y Mejor Trabajo que apunta a individuos de entre 18 y 24 años que buscan insertarse en el mercado laboral.
El incentivo de entre $ 6.000 y $ 10.000 apunta a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, y que además se encontraran comprendidos dentro de la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
El monto mensual se acreditaría entre 2 y 12 cuotas; tanto estas como el monto al que se accederá, serán calculados según los ingresos del desempleado y los meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años.
Los beneficiarios no pierden la posibilidad de acceder a asignaciones familiares (ordinarias y extraordinarias) y a la obra social afiliada. Además, el período de cobro del bono se computa como antigüedad para fines previsionales.
En caso de que se consiga un nuevo trabajo, el beneficiario deberá pedir la suspensión de la ayuda en alguna dependencia de ANSES, dentro de los 5 días hábiles luego de haberse incorporado al nuevo trabajo.
¿Quiénes pueden aplicar?
Pueden acceder a la ayuda toda persona que se encuentre en situación legal de desempleo por causas no imputables al trabajador. En el caso de los trabajadores permanentes, estos deben tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato. Además, pueden acceder trabajadores eventuales y de temporada que hayan trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Sin embargo, el bono no alcanza a trabajadores que:
Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia ex combatientes del Atlántico Sur.
Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.
Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Pertenezcan a los siguientes regímenes: Trabajo Agrario; servicio doméstico; Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal; establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.
Los requisitos de inscripción son: presentar DNI original y copia, junto a documentación que compruebe el desempleo. Si hubo telegramas con el empleador, se deberán presentar junto a la constancia de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.
El turno es personal se solicita a través de Anses y se debe exhibir la documentación requerida el día asignado. El mismo tiene un plazo de 90 días desde que se produjo la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. Después del plazo, por cada día hábil transcurrido, se descontará un día de prestación.
El plan se centra en jóvenes desempleados de entre 18 y 24 años, con estudios primarios o secundarios incompletos y residencia permanente en el país.
Los inscriptos reciben una asistencia económica por capacitarse, hacer un entrenamiento laboral o generar su propio emprendimiento.
El programa incluye las siguientes opciones:
Realizar el curso de Introducción al Trabajo (CIT)
Aprender un oficio con cursos gratuitos de formación profesional.
Participar en un entrenamiento para el trabajo
Generar un emprendimiento productivo con asistencia legal, técnica y financiera para desarrollar un proyecto de empleo independiente.
Orientación laboral, que implica la asistencia para la búsqueda de empleo en el marco del Programa de Inserción Laboral.
Todas las actividades del programa incluyen un incentivo económico mensual.
¿Cómo inscribirse?
Los posibles beneficiarios deben presentar DNI actualizado y constancia de Cuil en la Oficina de Empleo más cercana a tu domicilio. El trámite de inscripción es personal.
En la Oficina le realizarán una entrevista de orientación, y deberán suscribirse al Convenio de Adhesión al Programa Jóvenes con más y Mejor Trabajo.
Este programa de Empleo Joven es incompatible con la participación en otros programas nacionales, provinciales y municipales; con excepción de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social (AE)
Para más información, se puede acceder a la página web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.