La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió anular la homologación del acuerdo preventivo de la agroexportadora Vicentin S.A.I.C., al considerar que la propuesta vulnera el principio de igualdad entre los acreedores.
El máximo tribunal provincial consideró arbitraria la decisión de la Cámara de Apelaciones y ordenó revisar la distribución de los pagos a los acreedores.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió anular la homologación del acuerdo preventivo de la agroexportadora Vicentin S.A.I.C., al considerar que la propuesta vulnera el principio de igualdad entre los acreedores.
El fallo, que revoca la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, obliga a reabrir el proceso concursal y pone en duda el futuro financiero de la empresa.
El máximo tribunal provincial declaró "procedente" el recurso de inconstitucionalidad que había presentado la empresa Commodities S.A. del grupo Grassi contra la homologación del Concurso de Vicentin S.A.I.C. y, en consecuencia, anuló la sentencia dictada por la Cámara de Reconquista.
Asimismo, resolvió "remitir los autos al Tribunal subrogante que corresponda, a fines de que dicte nuevo pronunciamiento, conforme a las pautas sentadas en este nuevo fallo". Se trata, para el caso, de la Cámara de Apelaciones de Rafaela.
El fallo lleva la firma del presidente Roberto Falistocco, y los ministros Daniel Aníbal Erbetta, Rafael Francisco Gutiérrez, Eduardo Guillermo Spuler, y María Angélica Gastaldi, en disidencia.
En 2020, Vicentin se presentó en concurso preventivo tras declarar una cesación de pagos, afectando a cientos de acreedores, entre ellos entidades bancarias y productores agropecuarios. En marzo de 2024, la Cámara de Apelaciones homologó un acuerdo que establecía pagos diferenciados según el tipo de acreedor, lo que generó impugnaciones por parte de Commodities S.A. y otros afectados.
El tribunal provincial consideró que el acuerdo aprobado por la Cámara de Apelaciones presentaba irregularidades en la distribución de los pagos. Según el fallo, la propuesta de Vicentin establecía condiciones desiguales, ya que los acreedores más pequeños recibirían el 100% de sus créditos en un solo pago, mientras que otros tendrían quitas de hasta el 80% y plazos de espera de hasta 12 años.
Los jueces destacaron que la falta de categorización de los acreedores y la ausencia de un plan de reorganización empresarial generaban un perjuicio indebido a ciertos sectores. Además, criticaron la falta de garantías en los mecanismos de pago y la incertidumbre sobre el levantamiento de medidas cautelares en sede penal, que podrían afectar la liquidez de la empresa.
Con esta decisión, se reabre el proceso concursal y se abre la puerta a un nuevo período de negociaciones o a la posibilidad de un salvataje (cramdown). Esto es que, si bien Vicentin puede mejorar la oferta a sus acreedores, también deberá competir en pie de igualdad con un tercero que, eventualmente, pueda presentar una propuesta superadora y quedarse con la administración del holding.
En particular, la Corte Suprema instó a realizar una nueva evaluación que garantice un trato equitativo para todos los acreedores y preserve la viabilidad económica de la empresa. Así, el expediente quedará en manos de la Cámara de Apelaciones de Rafaela.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.