El gobierno nacional publicó este miércoles el Decreto 43/2025 en el Boletín Oficial el 29 de enero de 2025, creando la figura protocolar de Embajador Comercial para Inversiones y Desarrollo Estratégico.
Aún sin titular, el rol deberá promover ideas para Inversiones y Desarrollo Estratégico del país.
El gobierno nacional publicó este miércoles el Decreto 43/2025 en el Boletín Oficial el 29 de enero de 2025, creando la figura protocolar de Embajador Comercial para Inversiones y Desarrollo Estratégico.
Esta iniciativa busca "promover inversiones estratégicas, fomentar las exportaciones, impulsar los negocios internacionales del país y fortalecer la presencia de la República Argentina en mercados globales".
El documento cuenta con firma del presidente de la Nación, Javier Milei, y el ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Gerardo Werthein.
Los Embajadores Comerciales serán designados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, seleccionando personas con "notable trayectoria empresarial en el ámbito privado". Estos actuarán "ad honorem", es decir, sin recibir remuneración alguna y sin relación laboral con el Estado. Sus funciones principales son:
A estos embajadores se les asignará la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario "al solo efecto del rango protocolar", aunque esto no implica que sean funcionarios del servicio exterior de la Nación. Podrán interactuar con embajadas y consulados argentinos, así como con organismos públicos y privados vinculados al comercio exterior. Es crucial destacar que "no representarán a la Nación" y sus actividades tendrán carácter consultivo, "no serán vinculantes para el ESTADO NACIONAL ni para sus organismos".
Según el documento publicado por Nación, la creación de esta figura busca generar un "impacto positivo directo en las Provincias argentinas, las economías regionales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES". Se busca "maximizar el potencial específico de cada región, promover un desarrollo equilibrado en todo el país y aprovechar la diversidad de recursos productivos, tecnológicos y de servicios existentes en el territorio nacional".
El decreto especifica que los embajadores "no podrán invocar el carácter protocolar asignado para su beneficio particular", ni para promover empresas o servicios propios o de terceros vinculados. Los gastos relacionados con sus actividades correrán por su cuenta, "sin implicar erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL".
Esta medida surge en el marco de la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética, declarada por la Ley N° 27.742. El gobierno busca aprovechar el potencial del país en sus sectores productivo, industrial y de servicios, así como las oportunidades que brinda el contexto internacional actual. El decreto entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
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