Un fallo de Cámara de la Justicia Laboral de Rosario declara –como en 2018- inconstitucional la ley por la que en Santa Fe los fiscales (y los defensores) del fuero penal están bajo el control directo de la Legislatura, además del que le corresponde a la Auditoría del propio Ministerio Público de la Acusación (MPA).
En el fondo, se trata de una pulseada dura entre los fiscales (en especial de Rosario) y la Legislatura, que
comenzó en 2018 al sancionarse la Ley 13.807.
Los integrantes del MPA rechazan que los diputados y los senadores puedan revisar su actuación, mediante un proceso que ha previsto esa ley que deja en manos de la Auditoría del MPA las faltas leves y reserva para la Legislatura las graves.
Tanto mediante la Asociación de Fiscales y Funcionarios del MPA como de manera individual, los integrantes del órgano de la acusación han buscado evitar esos procesos en la Legislatura cuando los acusados son ellos.
Ahora, los magistrados Lucía Assef, Adriana Mana y Fernando Marchionatti, de la Sala II de la Cámara Laboral de Rosario, fallaron a favor del fiscal Adrián Spelta, jefe de Homicidios del MPA en esa jurisdicción, quien pidió la nulidad de la actuación de la Legislatura en su contra (todavía no se efectivizó), al sostener que es inconstitucional la ley 13.807.
El tribunal le dio la razón y ahora habrá que ver qué ocurre tanto en el Legislativo como en Ejecutivo (ver aparte).
El fallo sostiene que la norma implica “la pérdida de independencia” del MPA “vulnerando de este modo el art. 120 de la Constitución Nacional y el art. 8 y concordantes de la Convención Americana de Derechos Humanos”, destaca en su cuenta de twitter la asociación de los fiscales.
La sentencia habla de una “flagrante arbitrariedad, al admitir la abierta injerencia del Poder Legislativo en el juzgamiento de los fiscales y fiscales Adjuntos, vulnerando de este modo, la letra y el espíritu de la Ley 13.013", que creó el MPA.
Tenés que leerConflicto de poderes por quién puede investigar a fiscales
El fallo de Rosario llega a días de que se convocara, para el próximo jueves 1ro de octubre, a una Sesión Especial Conjunta de ambas Cámaras para suspender al fiscal Spelta.
Un dictamen emitido por unanimidad de la Comisión de Acuerdos recomienda esa medida disciplinaria, por 90 días y con afectación de sus ingresos.
Desde hace varios años, una parte de los legisladores santafesinos reclama leyes más duras para evitar que con facilidad los acusados de graves delitos puedan estar en libertad o bajo prisión domiciliaria, mientras que otra sostiene que las leyes son adecuadas y que solo se trata de hacerlas cumplir sin forzar interpretaciones que dañan la seguridad y la credibilidad del Estado para proporcionarla. (En general el Senado es más proclive a la primera posición y Diputados está más cerca de la segunda).
El debate sobre la llamada “puerta giratoria” no está agotado en el ámbito legislativo pero sí hay coincidencias muy fuertes respecto de que algunas cosas no pueden ocurrir. Entre ellas, la domiciliaria para un narco a todas luces peligroso que se supo que tenía el beneficio de la domiciliaria porque fue asesinado mientras estaba en su casa esperando su condena por triple tentativa de homicidio.
¿Cómo pudo el fiscal Spelta haber pedido una dura condena de más de veinte años a quien luego le concedió la prisión domiciliaria? A esa retórica pregunta responde el dictamen de Acuerdos.
Su presidente, el senador Joaquín Gramajo (PJ-9 de Julio) obtenía por estas horas el consenso de los bloques para reforzar la posición política adoptada. Mañana se reunirá con sus pares de la Comisión que forman diputados y senadores.
Mediante ese mismo procedimiento que ahora la justicia laboral de Santa Fe cuestiona, el 7 de agosto pasado, la Legislatura suspendió por tres meses al fiscal de Rosario, Gustavo Ponce Asahad, acusado de cobrar coimas a empresarios del juego y colaborar con integrantes de la banda narcocriminal “Los Monos”. Diputados y senadores votaron una suspensión “preventiva” y “temporal”. Por el mismo caso, el fiscal regional de Rosario Patricio Serjal, presentó su renuncia el 3 de agosto y evitó así que sobre su cargo avanzara el Legislativo. Lo que ocurra con ambos en la Justicia determinará la suerte de Ponce Asahad. En ese caso no hubo pedidos de inconstitucionalidad.
La Comisión de Acuerdos de la Asamblea Legislativa tenía ya previsto reunirse este martes 29 de septiembre. A su temario se agrega ahora el fallo de una Cámara Laboral de la Justicia en Rosario.
Un doble trabajo de consulta y búsqueda de consensos internos se desarrollaba este mediodía, que comenzó el fin de semana: por una parte producir algún hecho político contundente desde la Legislatura en favor de sostener el carácter constitucional de la ley. Por otro, preparar los elementos jurídicos, legales y los antecedentes doctrinarios existentes (incluido el estudio del reglamento que rige para la sesión especial conjunta) respecto de qué hacer con la convocatoria para ambas Cámaras efectuada para el próximo jueves 1ro de octubre.