El Senado de la Nación aprobó el "paquete penal" pedido por Bullrich
Se trata de reiterancia y reincidencia, ley Antimafias y Juicio en ausencia. Hubo diferencias en el tratamiento particular de los proyectos. La ministra de Seguridad celebró en las redes.
Fue una ardua sesión en el Senado nacional que arrancó el jueves con el debate sobre la causa $LIBRA.
La Cámara de Senadores de la Nación aprobó este jueves por la noche el proyecto de ley de reiterancia que modifica el Código Procesal Penal Federal. La iniciativa fue promovida oportunamente por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich como una herramienta para terminar con la modalidad de "puerta giratoria".
El proyecto, que ya tenía media sanción de Diputados, se aprobó en general con 67 votos afirmativos, sin votos negativos ni abstenciones, aunque en el tratamiento en particular Unión por la Patria decidió no acompañar la totalidad del texto.
Bullrich celebró en sus redes sociales esta modificación como también la ley de Juicio en Ausencia, que introduce una novedad en el abordaje del atentado a la AMIA, y de la ley Antimafias contra el crimen organizado.
Sobre Reincidencia y Reiterancia, la funcionaria consideró que es un "cambio de paradigma histórico en seguridad". "Un logro de nuestro gobierno liderado por el Presidente (Javier) Milei. El que las hace, las paga", cerró con la frase que fue sello de su campaña y lo es de su gestión.
Patricia Bullrich celebró la modificación.
¿Qué dice la ley?
El nuevo marco legislativo que aborda los conceptos de reiterancia y reincidencia modifica los artículos 50 y 58 del Código Penal, como así también puntos del Código Procesal Penal Federal, y se centra en redefinir la reincidencia y establecer la reiteración delictiva como un factor clave en el proceso judicial.
El proyecto establece que si alguien está procesado y comete un nuevo delito se proceda a la detención, al modificarse el concepto de reincidencia por reiterancia.
El proyecto considerará reincidente a "toda persona que haya sido condenada a dos o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme".
Fija que la condena sufrida en el extranjero "se tendrá en cuenta para la reincidencia si ha sido pronunciada por razón de un delito que pueda, según la ley argentina, dar lugar a extradición".
La iniciativa de reforma al artículo 17 del Código Procesal establece que "las medidas restrictivas de la libertad sólo podrán fundarse en la existencia de peligro real de fuga, de obstaculización de la investigación o de reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada".
A lo largo del dictamen se permite sumar condenas de varios tribunales hasta llegar a un máximo de 50 años de prisión.
En tanto, no se tendrá en cuenta para dar lugar a la reincidencia la pena impuesta por delitos cometidos por menores de 18 años o por aquellos donde hubo amnistía.
El debate
El miembro informante del proyecto fue el senador libertario y presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Juan Carlos Pagotto, que argumentó: "La Justicia penal se encuentra sobrepasada, necesitamos reformular la Justicia, la construcción de cárceles nuevas y de institutos que reciban a menores para evitar que caigan en escuelas del delito y necesitamos que las normas de excarcelación se cumplan".
Por su parte, el senador de Unión por la Patria Oscar Parrilli (Neuquén) cargó contra algunos artículos del proyecto, pero acompañó en general: "Vamos a volver a una legislación que existía anteriormente, estamos de acuerdo, pero vamos a votar favorablemente 2 artículos en general y luego vamos a votar en contra del resto de los artículos que establecen la reiterancia".
Sobre el final, el senador y titular del bloque libertario, Ezequiel Atauche (Jujuy), defendió el proyecto: "No podemos seguir permitiendo la puerta giratoria, delincuentes que entran y que salen. Si hoy se escucha a los argentinos entonces deberíamos aprobar esta ley sobre reincidencia y reiterancia en el delito".
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